17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024
Por falta de legitimación activa

No se daña a quien se quiere

La Cámara Civil rechazó la demanda interpuesta por supuestos familiares de una de las víctimas de Margarita Herlein, una de las asesinas seriales más conocidas del país. Su caso apareció en la serie de televisión Mujeres asesinas

La Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la excepción de falta de legitimación activa y rechazó la demanda interpuesta por supuestos familiares de una de las víctimas de Margarita Celina Herlein, una de las asesinas seriales más conocidas de la historia criminal argentina.

Margarita Herlein, denominada "probadora de hombres", fue condenada a prisión perpetua por envenenar y asesinar con raticida a sus tres esposos y al menos a dos amantes. Su caso apareció en el noveno capítulo de la primera temporada de la serie de televisión Mujeres asesinas, producida de Pol-ka y emitida por Canal 13, en 2005.

Sin embargo, la familia de una de las víctima acudió a la Justicia tras la emisión al afirmar que "violentó la tranquilidad personal, social, intimidad mental y emocional, trayendo nuevamente a sus vidas un acontecimiento tremendamente doloroso del pasado". 

La editorial del libro -adaptación de la serie- sostuvo que el reclamo carece de sustento, toda vez que el capítulo "no se trata de ellas, sino de Marisa Herlein y sobre un caso criminal que oportunamente trascendió públicamente". A su vez, la emisora Arte Radiotelevisivo Argentino S.A. (ARTEAR) dijo que el programa "reflejó lo que fue parte de la investigación judicial y que se encontraba publicado en el libro" de la autora y periodista Marisa Grinstein.

Agregó, además, que lo sustancial de la información brindada en el programa, estaba "directamente atribuido a las fuentes, que son la investigación policial y judicial realizada y que el programa fue fiel reflejo de lo ocurrido y del libro".

En primera instancia se hizo lugar a la excepción de falta de legitimación activa y se rechazó la demanda. De igual forma, el Tribunal de Alzada también estimó "insuficientes los medios probatorios acercados y no se pudo acreditar la identidad entre las personas a quien la ley concede el derecho de reclamar y quienes lo hicieron valer en el expediente. para justificar su legitimación activa".

 

De este modo, los camaristas Gabriel Rolleri y Maximiliano Caia afirmaron que se pretendió "acreditar el vinculo denunciado con las conclusiones a las que se arribara en la pericial psicológica y manifestaciones de los testigos que brindaron su concurso en autos", siendo la "prueba por excelencia" la partida.

 

En el caso no acompañaron las pertinentes partidas de nacimiento emitidas por el Registro del Estado Civil de las Personas y tampoco se indicó motivo alguno de su ausencia o imposibilidad material de presentarlas.

De este modo, los camaristas Gabriel Rolleri y Maximiliano Caia afirmaron que se pretendió "acreditar el vinculo denunciado con las conclusiones a las que se arribara en la pericial psicológica y manifestaciones de los testigos que brindaron su concurso en autos", siendo la partida la “prueba por excelencia”.



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